FAQ

Razones para comprar y vender con Allegra Realty

Si está pensando en comprar o vender una propiedad en la Costa del Sol no dude en ponerse en contacto con Allegra Realty. Le brindaremos toda nuestra experiencia a la hora de comprar o vender su propiedad.

Atendemos a cada cliente y propiedad con profesionalidad y máximo cuidado. Prestamos un servicio personalizado con dedicación y compromiso, protegiendo la confidencialidad y privacidad de todos nuestros clientes.

Hablamos el idioma de nuestros clientes para facilitarles al máximo la compra o venta de su propiedad. Nuestro equipo puede atender a nuestros clientes en español, inglés, alemán, francés, italiano y húngaro.

Trabajamos con la mejor red de contactos en la Costa del Sol. Cuando nos confía la compra o venta de una propiedad, nos encargamos inmediatamente de informar a nuestra red de contactos, potenciando al máximo las posibilidades de compra o de venta.

Nos encargamos del proceso de compraventa de principio a fin, informando a nuestros clientes sobre los resultados.

Nuestra amplia experiencia y conocimiento del mercado nos permite tasar su propiedad y guiarle a través del proceso de venta.

Hoy en día, la gran mayoría de los compradores se informan en internet antes de viajar y comprar en la Costa del Sol. Nuestra web ofrece acceso inmediato a una amplia y actualizada base de datos de propiedades en venta, con descripciones detalladas, álbumes fotográficos, además de oportunidades de inversión y contenido de calidad sobre el mercado inmobiliario en la Costa del Sol.

Nos esforzamos en la búsqueda de la propiedad adecuada para nuestros clientes compradores, realizando exhaustivos estudios de mercado. Esto repercute directamente sobre nuestros clientes vendedores, al obtener un mejor análisis sobre los potenciales compradores, conseguimos mayor precisión en la selección de clientes para su propiedad.

Promovemos ampliamente la venta de su propiedad utilizando todas las técnicas de publicidad a nuestro alcance. Nuestra amplia red de contactos y nuestro método de trabajo, nos permite ofrecer inmediatamente su propiedad a los compradores adecuados.

Tras más de 25 años de experiencia en el sector inmobiliario, hemos participado en multitud de negociaciones, manejando apropiadamente cada proceso y procurando que la negociación funcione siempre en ambos sentidos.

Allegra Realty posee una amplia base de datos de clientes compradores y vendedores. Si está usted pensando en comprar o vender su propiedad, contáctenos y le proporcionaremos las mejores posibilidades de éxito en la compra o venta de su propiedad.

Información importante para la compra de su propiedad

Una vez decididos a comprar una propiedad en España es muy importante conocer a fondo como será el proceso de compra y que impuestos y gastos habrá con relación a la escritura de compraventa. Cuando realmente haya encontrado la propiedad acorde a sus necesidades le recomendamos lo siguiente:

El proceso de compra

Para su seguridad y tranquilidad compruebe la titularidad de la propiedad y conozca si está libre de cargas y gravámenes o cuáles son sus cargas, por ejemplo una hipoteca a favor de una entidad bancaria. Para verificar este punto su agente inmobiliario le mostrará nota simple informativa del Registro de la Propiedad donde se ubique el inmueble. Antes de firmar cualquier documento, compruebe que la persona con quien firmará se encuentre debidamente autorizada por los propietarios para la firma del documento en cuestión.

Una vez comprobado lo anteriormente expuesto, puede proceder a reservar la propiedad mediante un documento de reserva o a firmar directamente el contrato privado de compraventa. Si no dispone en ese momento de la cantidad solicitada para la firma del contrato privado de compraventa, reservar la propiedad es muy recomendable porque durante el periodo de reserva, la propiedad quedará fuera del mercado, lo que evitará que otro comprador la adquiera. Normalmente dicho periodo de tiempo no superará los 7 días. El importe de dicha reserva variará según el tiempo de duración de la reserva y del precio de venta de la propiedad, pero siempre la cantidad a entregar por este concepto será menor que la solicitada para la firma de un contrato privado de compraventa. Transcurrido el plazo concedido en el documento de reserva deberá formalizar la compra mediante la firma del contrato privado de compraventa. En dicho contrato se especificarán todos los datos relativos a la compraventa, precio de compra, condiciones y forma de pago, datos registrales, fecha límite de firma de escrituras de propiedad, etc. La cantidad a entregar a la firma del contrato privado de compraventa variará según el precio de la propiedad, de las condiciones de pagos y sobre todo de la fecha límite de firma de escrituras. Normalmente, si la fecha límite de pago equivale a 30 días, la cantidad a entregar será del 10% del precio de venta, descontando la cantidad entregada previamente en concepto de reserva.

El proceso de compra de una propiedad en construcción es básicamente igual a lo descrito anteriormente, pero además debe exigir que todas las cantidades que entregue a cuenta del precio, durante el proceso de construcción, sean avaladas por una compañía aseguradora o una entidad bancaría, según la LOE, (Ley Orgánica de Edificación), Ley 38/1999. La LOE también obliga al promotor, a contratar un seguro decenal del cual usted será el beneficiario y que responderá de cualquier defecto de construcción durante diez años. Informarle también, que si la construcción no termina en el plazo estipulado, tendrá derecho a la cancelación del contrato de compraventa y a la devolución de todas las cantidades entregadas a cuenta del precio de compra, más los intereses legales correspondientes, salvo caso de fuerza mayor.

En la fecha acordada según contrato, se procederá a la firma de escrituras de propiedad ante Notario a favor del comprador y a la toma de posesión de la propiedad. En las escrituras de propiedad se reflejarán todos los datos relativos a la propiedad, situación, distribución, superficie, precio, datos registrales, su nueva titularidad y se adjuntarán copias de la totalidad de los pagos que haya efectuado. Por su seguridad, el notario también verificará en el Registro de la Propiedad el estado de la propiedad en relación a posibles cargas y gravámenes, advirtiendo al comprador si las hubiera. Dicha información facilitada por el Registro de la Propiedad se adjuntará a sus escrituras de propiedad. Además su agente inmobiliario facilitará certificado de la comunidad de propietarios donde se ubique la propiedad, especificando que está al corriente en todas sus cuotas de comunidad así como recibos de IBI (Impuestos Bienes Inmuebles) y de Tasa por Recogida de Basuras. Dicho certificado y recibos también se adjuntarán a su escritura de propiedad.

Una vez firmadas las escrituras de propiedad, es aconsejable solicitar al Notario que realice un asiento de presentación en el Registro de la Propiedad avisando de la nueva titularidad. A partir de este momento ya es usted propietario, quedando solo pendiente de abonar los gastos de notaría, de liquidar los impuestos correspondientes por la compraventa e inscribir definitivamente las escrituras en el Registro de la Propiedad. Si lo desea, la notaria se puede encargar de liquidar los impuestos en su nombre y de la inscripción en el Registro de la Propiedad, para ello le calcularán y le solicitarán la provisión de fondos necesaria además de sus honorarios por dicha gestión.

Impuestos y gastos de una compraventa

Básicamente, los impuestos a abonar por una compraventa variarán según el tipo de propiedad, el importe de la misma y del vendedor.

El Impuesto de Transmisión Patrimonial (I.T.P.): Este impuesto será siempre abonado por el comprador por la adquisición de cualquier tipo de propiedad, pero no será aplicable en propiedades de primera transmisión y en las que el vendedor sea un promotor o una empresa cuyo objeto social sea la promoción y venta de inmuebles. El porcentaje aplicable variará en función del precio de compra de la propiedad y será según tramos. El primer tramo es del 8% y será aplicable hasta el importe de 400.000€. El segundo tramo es del 9% y será aplicable al importe comprendido entre 400.000€ y 700.000€. El tercer tramo es del 10% y será aplicable a todo importe superior de 700.000€. Excepcionalmente, en la compra de garaje o garajes que sean fincas registrales independientes de la vivienda, los tramos serán del 8% hasta el importe de 30.000€, del 9% al importe comprendido entre 30.000€ y 50.000€ y del 10% a todo importe superior a 50.000€.

El Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.): Este impuesto será siempre abonado por el comprador por la adquisición de cualquier tipo de propiedad, pero solo será aplicable en propiedades de primera transmisión y en las que el vendedor sea un promotor o una empresa cuyo objeto social sea la promoción y venta de inmuebles. El porcentaje aplicable variará en función del tipo de propiedad. Por la adquisición de propiedades a estrenar, como un apartamento, un chalet, un trastero o un garaje que no sean fincas registrales independientes de la vivienda, el porcentaje aplicable será del 10% del valor de compra. Por la adquisición de local comercial, parcela de terreno, trastero o garaje que sean fincas registrales independientes de la vivienda, el porcentaje aplicable será del 21% del valor de compra.

Los Actos Jurídicos Documentados (A.J.D.): Este impuesto será siempre abonado por el comprador por la adquisición de cualquier tipo de propiedad y también por constitución de hipoteca. Salvo contadas excepciones, el porcentaje aplicable en la Comunidad Autónoma de Andalucía desde el 23 de Junio de 2012, (Ley 3/2012), por dicho impuesto es del 1’5% del valor de compra.

La Plusvalía Municipal: Finalmente, existe otro impuesto que comúnmente se denomina “plusvalía municipal”, que es el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana y que le corresponde abonar según ley al vendedor. Este impuesto municipal, no se debe de confundir con la plusvalía fiscal. La plusvalía municipal grava el aumento de valor de los terrenos de naturaleza urbana experimentado durante los años que el vendedor ha sido propietario del inmueble. Para el cálculo del mencionado impuesto no se toma en consideración el valor de lo que se transmite, ni el valor de mercado del inmueble, sino el valor catastral de la propiedad. El valor catastral lo integra el valor catastral del suelo y en su caso el valor catastral de la construcción. Este valor es calculado por la oficina del catastro perteneciente al Patronato de Recaudación y viene especificado en el recibo de IBI de la propiedad. El importe del impuesto se calcula teniendo en cuenta el valor catastral y el número de años que ha tenido el vendedor el inmueble, existiendo un límite máximo de 20 años y un mínimo de un año para su cálculo. En caso de superar los 20 años se toma como referencia el límite máximo de 20 años. Se puede conocer su importe en el ayuntamiento donde se ubique el inmueble. Según ley lo paga el vendedor, salvo si se ha pactado lo contrario entre las partes. Para evitar recargos sobre el impuesto, hay un plazo máximo de 30 días naturales desde la fecha de la escritura pública de compraventa para liquidarlo.

Gastos de Notaría

Los gastos de notaría son los que se producen por el otorgamiento de la escritura pública de compraventa. Los costes del notario están fijados por normativa y su cuantía depende del importe del inmueble, aunque dicho importe puede incrementarse por diferentes aspectos: el número de copias de escritura, número de páginas, asiento de presentación en el Registro de la Propiedad, etc. Los notarios aplican un arancel fijo que estableció el gobierno en 1989, por lo que todos los notarios de España cobran lo mismo por idéntico servicio. La siguiente tabla le ayudará a calcular los gastos de notaría, advirtiéndole que es solo una tabla orientativa y que no podemos responsabilizarnos de cambios que pudieran darse en las tarifas.

Gastos de notaría

Importe compra

Notaría

25.000 €

600 €

50.000 €

625 €

100.000 €

675 €

150.000 €

710 €

200.000 €

750 €

250.000 €

790 €

300.000 €

830 €

400.000 €

850 €

500.000 €

875 €

Gastos de Inscripción en el Registro de la Propiedad

Los gastos de inscripción en el registro de la propiedad son los honorarios generados por inscribir la escritura pública de compraventa en el registro de la propiedad. Estos honorarios también están fijados por normativa y su cuantía depende del precio del inmueble. Existen variaciones que pueden modificar la cuantía de los honorarios, como por ejemplo en adquisiciones de viviendas de protección oficial, explotaciones agrarias, etc. La siguiente tabla le ayudará a calcular los gastos de inscripción, advirtiéndole de nuevo, que es sólo una tabla orientativa y que no podemos responsabilizarnos de cambios que pudieran darse en las tarifas.

Gastos de inscripción

Importe compra

Registro de la propiedad

25.000 €

295 €

50.000 €

230 €

100.000 €

345 €

150.000 €

370 €

200.000 €

410 €

250.000 €

450 €

300.000 €

490 €

400.000 €

530 €

500.000 €

550 €

Permiso de Residencia en España

Desde el 27 de septiembre de 2013 está en vigor la ley aprobada por el Gobierno de España sobre la concesión de permisos de residencia para ciudadanos extracomunitarios que inviertan al menos 500.000€ en el sector inmobiliario, también conocida como “Golden Visa”.

El permiso de residencia también se otorgará a los familiares cercanos y dependientes del inversor, como por ejemplo su conyugue e hijos.

Las inversión mínima será de 500.000€ de capital propio, pudiendo financiar a partir de esta cantidad el resto de la inversión a través de una hipoteca si fuera necesario.

No existe un periodo mínimo de estancia para la validez de permiso de residencia.

Se mantiene el estado de No-residente con respecto a los impuestos a pagar en España.

Mientras se mantenga la inversión en España se tiene derecho a la renovación del permiso de residencia.

La obtención del permiso de residencia da el derecho a los ciudadanos extracomunitarios a viajar a España y a todos los 27 países de la zona Schengen sin necesidad de visado y también a gozar de la seguridad jurídica y civil de un país de la Unión Europea.

Invierta en una propiedad en la Costa del Sol, un mercado inmobiliario con mucho potencial de revalorización y obtenga su segunda residencia en una de las zonas más atractivas del mundo.

Número de identificación fiscal (NIF) y (NIE)

En España cada persona tiene asignado un número de identificación fiscal que debe consignar en las declaraciones de impuestos y en las comunicaciones que dirija a la Administración Tributaria y es el único documento de identificación necesario para firmar Escrituras de Compraventa. Tratándose de personas de nacionalidad extranjera, el NIF es el Número personal de Identificación de Extranjero (NIE). La tramitación de estas identificaciones se realiza ante la Dirección General de la Policía. Los extranjeros que no dispongan de NIE, deberán solicitar la asignación de un NIF cuando vayan a realizar operaciones con trascendencia tributaria como la firma de Escrituras de Propiedad.

Recomendación

Cuando esté decidido por la compra de una propiedad le sugerimos aperture una cuenta corriente en un banco, la necesitará para llevar a cabo la compra y para domiciliar los pagos de futuros gastos de mantenimiento de su propiedad.

Impuestos por la Venta de su Propiedad.

Al decidir vender una propiedad es fundamental conocer los impuestos que se devengarán como consecuencia de la venta. Debido a la complejidad y diversos factores que pueden afectar a los impuestos relativos a la venta de una propiedad, recomendamos la consulta e intervención de un abogado o un asesor fiscal antes de fijar un precio de venta.

También queremos advertirle, que pretender declarar menor importe de venta con el objetivo de ahorrar en los impuestos a pagar por el vendedor y por el comprador puede incurrir en elevadas sanciones económicas, por lo que le desaconsejamos se involucre en este tipo de prácticas pasadas.

Impuesto sobre Ganancias Patrimoniales Inmobiliarias

Este impuesto grava la ganancia obtenida por la diferencia entre el precio declarado en la compra y el precio de venta. Todos los impuestos, incluidos los municipales y gastos abonados relativos a la compra de la propiedad pueden ser deducidos del impuesto sobre ganancias patrimoniales inmobiliarias. Los residentes en España están exentos de este impuesto si dichas ganancias netas de la venta se reinvierten en la compra de otra propiedad en el plazo de dos años. También están exentos de impuesto los mayores de 65 años que hayan vivido por plazo mínimo de tres años en la propiedad.

El Impuesto sobre Ganancias Patrimoniales para residentes por ganancias generadas en periodo superior a un año tributa del 21% al 27%, según el importe de la ganancia patrimonial. Consulte con un asesor fiscal por ganancias generadas por periodo inferior a un año desde la fecha de compra.

El Impuesto sobre Ganancias Patrimoniales para los no residentes es del 19% sobre la ganancia obtenida por la venta.

Retención por no residente.

Todos los vendedores no residentes en España están sujetos a una retención del 3% del precio de venta. Dicha retención la efectúa el comprador para ingresarla en Hacienda, debiendo entregarle al vendedor copia del ingreso mediante el modelo 211 en el plazo máximo de un mes contado desde la fecha de firma de escrituras de compraventa.

El vendedor podrá deducir el total importe de la retención del importe a ingresar por el impuesto sobre las ganancias patrimoniales inmobiliarias. El comprador es responsable del pago de este impuesto si no efectúa la retención al vendedor.

Plusvalía Municipal.

El vendedor es el obligado al pago de este impuesto. Es un impuesto de carácter municipal. Se calcula en base del incremento de los valores del suelo y de la construcción desde la fecha de compra hasta la fecha de venta, según valores y coeficientes determinados por la Oficina del Catastro. Según la propiedad, a mayor número de años entre la fecha de compra y la de venta mayor importe a ingresar. Para el cálculo del impuesto los valores y coeficientes se aplican sobre un máximo de 20 años desde la fecha de compra.

Impuestos y Gastos anuales

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

El impuesto sobre bienes inmuebles, (IBI), es una tasa municipal que grava anualmente la propiedad de un inmueble. Se cobra anualmente y su importe se calcula aplicando un gravamen al valor catastral del inmueble. Generalmente el tipo de gravamen aplicado depende del número de habitantes que tenga el municipio donde se encuentra el inmueble. La ley de Haciendas Locales, fija unos tipos de gravámenes mínimos y máximos para cada inmueble en función de la clasificación que tenga el inmueble y de la tipología de municipio en la que se encuentre enclavado. Los tipos mínimos son del 0’4% para bienes inmuebles urbanos y del 0’3% cuando se trate de bienes inmuebles rústicos. Los tipos máximos son del 1’1% para bienes inmuebles urbanos y del 0’9% para bienes inmuebles rústicos. El pago de dicho impuesto se realiza en entidades bancarias mediante presentación del recibo enviado por el Patronato de Recaudación a su domicilio o por domiciliación bancaria. Según los últimos datos disponibles de la confederación de municipios, su recaudación genera casi el 50% de los recursos disponibles de los distintos ayuntamientos.

El Impuesto de Recogida de Basura.

El impuesto de recogida de basura es una tasa municipal que grava semestralmente la propiedad de un inmueble y se genera por la prestación de los servicios o la actividad municipal desarrollada con motivo de la recogida, tratamiento y eliminación de basuras y residuos sólidos urbanos procedentes de inmuebles y establecimientos en donde se ejerza alguna actividad. Se presumirá dicha actividad si está vigente el suministro de agua potable en los inmuebles y establecimientos. El pago de dicho impuesto se realiza en entidades bancarias mediante presentación del recibo enviado por el Patronato de Recaudación a su domicilio o por domiciliación bancaria. Como ejemplo orientativo la tasa de un apartamento en Marbella asciende aproximadamente a 90€ al semestre y la tasa de un chalet aproximadamente a 130€ al semestre.

Comunidad de Propietarios y Gastos de Comunidad.

La comunidad de propietarios es una entidad jurídica compuesta por el total de propietarios de un mismo edificio o urbanización, y que se rige por las normas aplicables y por los estatutos por ellos acordados. El fin de la comunidad de propietarios es decidir sobre los asuntos que atañen al edificio o urbanización común a todos los propietarios. Las comunidades de propietarios en España se rigen principalmente por la Ley de Propiedad Horizontal. Esta ley regula la utilización de espacios y servicios comunes del inmueble. Además de la citada ley, están los estatutos de carácter interno redactados por la propia comunidad de vecinos que regulan la organización y normas menores para los vecinos e inquilinos. En muchos casos sirven para fijar criterios en situaciones de conflicto de intereses de los propios vecinos.

Los propietarios, están obligados a representar a su comunidad como presidentes o secretarios sin derecho a salario o remuneración alguna por ello. Las comunidades pueden establecer criterios a través de los estatutos de la comunidad (por ubicación, por antigüedad, por turnos) para regular la rotación de los cargos. Todo propietario debe contribuir a los gastos de la comunidad con arreglo a su coeficiente de participación, fijado en las escrituras de división horizontal. La junta de propietarios se reunirá, por lo menos, una vez al año para aprobar los presupuestos y cuentas y en las demás ocasiones que lo considere conveniente el presidente o lo pidan la cuarta parte de los propietarios, o un número de estos que representen, al menos, el 25% de las cuotas de participación. El comprador de un inmueble de segunda mano deberá asumir las deudas y cuentas pendientes del año corriente y del año anterior del antiguo propietario (por eso es muy útil que el comprador solicite información sobre el estado de las cuentas del vendedor con la comunidad). No obstante, el vendedor deberá aportar en el momento de la transmisión un certificado de deudas con la comunidad, salvo que fuese expresamente exonerado de esta obligación por el comprador.

Los gastos de comunidad pueden variar considerablemente según la propiedad, sus zonas comunes y los servicios que se presten en el edificio o urbanización, por lo que le recomendamos se informe correctamente de los gastos de comunidad antes de efectuar su compra.

Suministro de Electricidad.

Desde el mes de Julio del año 2009, el mercado eléctrico español está liberalizado, lo que ha permitido que el consumidor pudiera ahorrar en su factura de la luz gracias a la libre competencia. Para esto, se dispuso un cambio en las tarifas eléctricas, dejando de estar reguladas y permitiendo al usuario cambiar de compañía suministradora. Por lo tanto, los consumidores pueden contratar el suministro eléctrico entre 2 tipos de tarifas de luz. Tarifa de último recurso, (TUR) y tarifa de mercado libre. La TUR es una tarifa regulada por el estado. El gobierno, a través del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, es el encargado de fijar el precio de dicha tarifa eléctrica, y exige las mismas condiciones a las 5 comercializadoras de TUR. En el mercado libre las tarifas eléctricas no se encuentran reguladas, esto quiere decir que es la comercializadora la que decide el precio que quiere cobrar por su servicio. Las comercializadoras son libres de ofrecer la tarifa de luz a un precio inferior al marcado para la TUR.

El suministro eléctrico se factura mensualmente. A día de hoy, a un usuario doméstico en España, el consumo de 1 kWh le costará 0’18€ aproximadamente. No obstante, el precio variará según la potencia contratada, del tipo de tarifa elegida y de la empresa suministradora, por lo que le aconsejamos consulte que tarifa y que empresa es la que más le conviene.

Suministro de Agua.

En el año 1992 la empresa Aquagest se adjudicó el servicio de abastecimiento de agua de los municipios de Marbella, Estepona y Manilva por un periodo de 50 años. Aquagest Andalucía realiza un análisis continuo de más de 60 parámetros para detectar la presencia de microorganismos de tipo microbiológico, químico, indicadores del tipo de conductividad y pH, además de controlar características como el olor, el color y el sabor. Los laboratorios de Aquagest Andalucía colaboran con la administración sanitaria en todas las operaciones de control de localidad del agua. Esto es importante tanto para asegurar la calidad del servicio, como para velar ante la aparición de nuevos contaminantes al medio. Aquagest Andalucía emite su factura trimestralmente. El precio que se paga por el agua consta de una cuota fija por el servicio y un importe variable según consumo. El importe de la cuota fija depende del caudal máximo de agua, según calibre de la acometida, que puede recibir la propiedad. Referente al importe variable por consumo, Aquagest Andalucía ha implantado un sistema de tarifas de modo que resultan bonificados los consumos más bajos y sancionados los consumos abusivos. Por lo que dependiendo de su consumo el precio variará de 0,25€/m3 a 1,48€/m3 al mes. Puede realizar el pago en las entidades bancarias que se indican en la factura, en los horarios establecidos o domiciliar su pago en cualquier entidad bancaria. La factura también incluye todos los gastos derivados del ciclo urbano del agua que se prestan, la captación y potabilización, su distribución, el coste de llevar el agua residual hasta las plantas de depuración y su devolución al medio natural o su reutilización para otros fines.

Teléfono Fijo, Móvil y Acceso a Internet.

En España, las empresas de telefonía fija que ofrecen alta de línea son Movistar, Vodafone, Orange, Tele2, ONO y Jazztel. No obstante, solamente Movistar ofrece alta de línea de telefonía fija sin incorporar una tarifa de ADSL.

Si solamente va a dar de alta una nueva línea de telefonía fija, la única opción que tiene es contratarla con Movistar. En éste caso, aunque la compañía ofrece promociones intermitentes, normalmente tendrá que pagar por la instalación de la línea. Ninguna otra compañía ofrece un producto que sólo incluya la línea de telefonía fija, y Movistar ofrece descuentos interesantes cuando se incluyen otros servicios, como ADSL o la telefonía móvil, de forma que solamente contratar la línea de teléfono pierde atractivo para el consumidor. Por ejemplo, solo cuando se contrata una ADSL asociada a la línea, tanto Movistar como el resto de compañías, ofrecen la instalación de la línea de telefonía fija gratis.

Si quiere contratar una línea de telefonía fija y una ADSL, siempre ahorrará dinero si lo hace con el mismo proveedor. Todos los operadores ofrecen descuentos si se contrata la telefonía fija y el Internet con ellos. Además, todos los operadores incluyen las llamadas a fijos nacionales en sus ofertas cuando se contrata también internet de banda ancha.

Cuantos más servicios contrate con el mismo proveedor, más descuentos recibirá en el precio final. Los grandes proveedores de telecomunicaciones, como Movistar, Vodafone u Orange ofrecen paquetes que incluyen telefonía fija, telefonía móvil, ADSL y televisión. Además de los descuentos permanentes, las compañías ofrecen unos descuentos iniciales, que duran hasta un año. Es, por tanto, siempre aconsejable sondear el mercado en busca de ofertas tanto de telefonía fija como de otros productos de telecomunicaciones una vez cumplido su periodo de permanencia.

Si necesita un alta de línea de telefonía fija y un servicio de acceso a Internet, su mejor opción es comparar las ofertas disponibles en el mercado a través de cualquier comparativo en internet y decidir cuál se adapta mejor a sus necesidades. Es posible ahorrar más de 200€ al año contratando servicios de teléfono y ADSL más baratos, sin renunciar a una atención al cliente satisfactoria

Pólizas de Seguro

Para proteger su patrimonio le aconsejamos contratar una póliza de seguro. La compra de un inmueble es una de las inversiones más importantes que realizamos a lo largo de nuestra vida. Un imprevisto puede dañarla y obligarle a hacer un esfuerzo económico para repararla. Si la tenemos asegurada, el esfuerzo económico lo asume la compañía aseguradora y nuestro patrimonio se mantiene intacto. Si grava el inmueble con una hipoteca, la ley establece que es obligatorio asegurar dicho inmueble. Las comunidades de propietarios de edificios están obligadas a contratar un seguro para cubrir el costo de reedificación. Advertirle que dicho seguro no cubrirá el contenido de su vivienda. Puede ser que el seguro de la comunidad sea insuficiente. Para saber si su vivienda está correctamente cubierta en dicho seguro hay que aplicar el coeficiente de su vivienda sobre el capital asegurado en la póliza de la comunidad. Si el resultado es inferior al valor de construcción de su vivienda puede asegurar la diferencia a través de un seguro individual, por tanto la póliza de seguro individual de una vivienda en un edificio no necesita cubrir obligatoriamente el valor total de la construcción, sino quizás parte de ella, su contenido y contra daños a terceros. Una vez formalizada la póliza y satisfecho el importe del recibo, usted estará cubierto en función de la modalidad de seguro y de las garantías contratadas. El seguro se renovará anualmente de forma automática, salvo que indique lo contrario antes del vencimiento de su seguro y con la antelación que el contrato pudiera establecer.

A título orientativo y dependiendo de la compañía y de las coberturas contratadas, una póliza de seguro para un apartamento de 300.000€ con un contenido asegurado de 50.000€ le costará aproximadamente 500€ anualmente. En el caso de una póliza de seguro para un chalet con un valor de continente de 500.000€ y un contenido por valor de 150.000€ el costo aproximado es de unos 1.500€ anuales.

Trabaja con nosotros

En Allegra Realty sabemos que es fundamental la profesionalidad y cualificación de nuestros empleados y colaboradores. Estamos buscando nuevos talentos  con ganas de formar parte  de un equipo enfocado y dedicado a la satisfacción del cliente mediante un servicio integral, profesional y exclusivo.
Si eres una persona enérgica, positiva, trabajadora, entusiasta, con ganas de realizarte profesionalmente, con habilidades lingüísticas y con capacidad de trabajo en equipo, cumples con el perfil necesario para formar parte de Allegra Realty.

Envía tu curriculum a info@allegrarealty.com lo valoraremos y según nuestras necesidades estaremos encantados de contactar contigo y conocerte personalmente.

Ofertas de Trabajo.

Colaborador inmobiliario autónomo.

Si tienes experiencia en el mercado inmobiliario de la Costa del Sol, buscamos a personas con buena presencia, con dominio mínimo de 3 idiomas, que estén dispuestas a trabajar en horario flexible y que se ajusten a nuestro perfil.  Preferimos a personas que estén acostumbradas a tratar con clientes extranjeros y de alto poder adquisitivo. El trabajo a realizar será el de atención a clientes interesados en la compra o alquiler de propiedades y el de captación de propiedades. Ofrecemos altos porcentajes de comisiones según objetivos y rendimiento.

Captador de propiedades.

Si tienes experiencia en la captación de propiedades y conocimiento detallado de los municipios de Mijas Costa, Marbella y Estepona, buscamos a personas con buena presencia y trato agradable, con dominio de los idiomas español e inglés, que estén dispuestas a trabajar en horario flexible y que se ajusten a nuestro perfil. Se valorarán además otros idiomas y conocimientos sobre fotografía y tasaciones. El trabajo a realizar será el de captación, inspección y evaluación de propiedades en venta y en alquiler y la gestión y mantenimiento de base de datos. Ofrecemos trabajo de jornada completa y excelente remuneración fija.

Community Manager.

Buscamos un Community Manager para la gestión y publicación en redes sociales como facebook, twitter, google+, etc relacionadas con la imagen y la actividad de Allegra Realty. Si tienes experiencia previa como Community Manager y te interesa el sector inmobiliario, tienes excelente redacción y ortografía en español e inglés, posees dotes comunicativas y capacidad para crear contenido y gestionar nuestros canales, contacta con nosotros. Se valorará el dominio de otros idiomas. Ofrecemos trabajo a media jornada y excelente remuneración fija.

Confíe la gestión de venta o alquiler a Allegra Realty
Inmobiliaria en Marbella